El Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuitootorgó un amparo a ambientalistas que se oponen a la construccióndel Malecón Tajamar, por lo que la Secretaría de Medio Ambiente yRecursos Naturales debe abstenerse de ejecutar la autorización deimpacto ambiental otorgada a Fonatur.
A través de un comunicado se detalló que el tribunal fundó susentencia en los principios de prevención, precaución,responsabilidad y desarrollo sustentable, así como en elreconocimiento de los derechos colectivos que prevalecen sobre lapropiedad privada.
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Las organizaciones Salvemos Tajamar, Grupo Ecologista del Mayab,Centro para la Diversidad Biológica, Centro Mexicano de DerechoAmbiental y Greenpeace México calificaron esta resolución como unlogro histórico en la protección del manglar.
A comienzos de 2017, el Centro Mexicano de Derecho Ambientalpresentó un recurso de revisión, derivado del juicio de amparo encontra de la setencia del Juzgado Tercero de Distrito en QuintanaRoo que desestimó el amparo interpuesto para proteger elmanglar.
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Después de una revisión, el tribunal evidenció que no hayconstancia de que la urbanización y edificación del Malecónestuviese terminada, por lo que determinó que no son actosconsumados de forma irreparable, como pretendía hacerlo valerFonatur, por lo que resolvió que es factible reforestar las zonasafectadas u obliga ahora a la restitución del mangleimpactado.
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