De cara al proceso electoral es importante el recuento de los avances en materia de igualdad de género, que no ha sido menor, pues del 2018 a la fecha más de 100 ordenamientos se han aprobado para añadir el componente de la perspectiva de género en nuestro marco jurídico.
Para impulsar la participación de las mujeres en el ámbito laboral, político, y educativo, se aprobaron reformas algunas de tipo enunciativo, mediáticas y/o decorativas, y otras tantas que efectivamente obligan a actuar, al diseño de política pública y asignación de presupuesto, destacando las siguientes:
Las realizadas en la Ley Federal del Trabajo para la implementación del protocolo para prevenir la discriminación basada en género, atención de la violencia, acoso u hostigamiento sexual; y Ley del Seguro Social, que establece que las personas trabajadoras aseguradas tendrán derecho a servicios de guardería para sus hijas e hijos durante su jornada de trabajo; siendo de mayor transcendencia las realizadas para proteger a las y los trabajadores del hogar con derechos como la seguridad social; jornada laboral de 8 horas diarias y al pago de horas extras, toda vez que este es un grupo históricamente vulnerado.
En este ámbito quedan deudas, tratándose de políticas públicas suficientes para el monitoreo y evaluación del cumplimiento del protocolo; y para garantizar servicios guarderías.
En el ámbito político, destacan por el empuje de feministas o no, el principio de paridad de género en los cargos de elección popular, en los ayuntamientos en el número de las regidurías y sindicaturas, en los nombramientos de las personas titulares de las secretarías de despacho del poder ejecutivo federal, en la integración de los organismos autónomos, en la composición de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la integración de organismos jurisdiccionales, Cámara de Diputados y Senado.
El reconocimiento de la violencia política en razón de género hacia las mujeres, como conducta a perseguir en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y
La llamada 3 de 3 contra la violencia de género, para que ningún agresor, violador o deudor alimentario obtenga una candidatura o sea nombrado en un puesto o comisión del servicio público; Suspender los derechos de los ciudadanos establecidos en la Constitución, para aspirar a una candidatura, puesto o comisión en el servicio público, cuando existan antecedentes de sentencia firme que condene por haber cometido: Delito contra la vida, la integridad corporal, la libertad y el normal desarrollo psicosexual; Violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, violencia política en razón de género; e Incumplimiento en sus obligaciones de pensión alimenticia.
En el ámbito económico, el enfoque durante los últimos años fue mayormente asistencialista, con la dispersión de recursos de programas sociales, y modificaciones en el marco jurídico que hacen lucir bien a las normas, como lo es en el caso de la Ley de Instituciones de Crédito, que ahora establece porciones normativas para procurar y priorizar, dentro de los recursos destinados a la oferta de programas, productos o servicios financieros que atiendan las necesidades específicas de las mujeres en materia de ahorro, inversión, crédito y mecanismos de protección, en las instituciones de banca de desarrollo; los fideicomisos públicos constituidos por el gobierno federal para el fomento económico que realicen actividades financieras, y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
En el ámbito educativo, adoptar diversas medidas para constituirse en espacios libres de violencia, en específico la de género y de discriminación hacia mujeres, establecido en la Ley General de Educación Superior.
Impulsar la participación de las mujeres requiere garantías, como las de una vida libre de violencia, y los mecanismos necesarios para su consecución, por lo tanto, la agenda del próximo presidente o presidenta, deberá destrabar lo relativo al Sistema Nacional de Cuidados, que representa el fortalecimiento de la autonomía y economía de las mujeres a través de la división sexual del trabajo, la corresponsabilidad familiar, y la organización social de las tareas de cuidado, entre otras.