Mazatlán, Sin.- Apenas el día 30 de junio venció el plazo para que personas físicas hicieran el pago o reparto de las utilidades del ejercicio fiscal 2020, pero para las personas morales el plazo venció desde el pasado 29 de mayo.
Martín Luis Morales Acuña, delegado de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, señaló que a la fecha han acumulado ya 13 quejas por el incumplimiento de este pago, el cual es un derecho del trabajador, es irrenunciable e intransferible.
"Hasta la fecha hay 13 reportes por el tema de utilidades de las que más tenemos es el sector hotelero y dos hospitales privados. De estas 13, que son de personas morales, a 11 les pagaron y dos se van a ir demanda, tenemos que tener cuidado porque ahora vienen la personas físicas", señaló.
Reiteró que el patrón, gerentes, jefes de recursos humanos o quienes ocupan puestos directivos no tienen derecho a la repetición por ser puestos de alto mando.
Pese que el patrón tiene fecha límite para expedir el pago, el trabajador tiene hasta un año para requerirlo. El único requisito es haber laborado por dos meses de manera ininterrumpida durante el ejercicio fiscal del 2020.
Agregó que habrá muchos que por la pandemia, utilicen esta excusa para decir que no hubo ganancias y no repartir tal prestación. Sin embargo, para demostrar lo anteriormente dicho, el patrón deberá justificar presentando la declaración anual que se hace ante el SAT.
"Este pago, tienen la obligación los patrones de proporcionar por lo menos el 10% de sus ganancias obtenidas, siempre y cuando sean mayores a 300 mil pesos durante el ejercicio fiscal 2020", agregó.
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