Culiacán, Sin.- Jorge Alan Urbina Vidales, Comisionado Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Sinaloa (COEPRISS), afirmó que en el estado se llevan a cabo acciones de vigilancia sanitaria en materia de publicidad en internet, priorizando así cualquier tipo de productos, conductas, prácticas o servicios de salud que representen un posible riesgo sanitario.
“En estas acciones de vigilancia damos prioridad a mensajes que promuevan productos de riesgo, el uso o consumo inadecuado de un producto, hábitos, conductas o servicios irregulares que puedan causar daño a la salud de las personas, sobre todo a la población vulnerable”, refirió.
Esta línea de acción viene de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), que hasta la fecha ha suspendido 34,740 enlaces web en sitios de internet en todo México por difundir publicidad irregular.
Recalcó que los llamados “producto milagro” son los más comunes en estos sitios de internet, comentó que estos son uno de los problemas más grandes, pues causan preocupaciones para el sistema sanitario por los riesgos que representan para la población.
Así mismo, indicó que los productos ‘curalotodo’ son un peligro mortal, puesto que en realidad no curan, y estos pueden causar daños graves en la salud de quienes lo utilicen. “La población debe estar informada y no dejarse engañar porque estos fraudes representan un riesgo para la salud."
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Ejemplo de “Producto Milagro”:
- * Sin registro de COFEPRIS como remedio o medicamento
- * Sin denominación “suplemento alimenticio” y no menciona sus ingredientes.
- * El nombre es confuso, exagerado y engañoso, menciona clara o veladamente datos anatómicos o fisiológicos, enfermedades o síntomas.
- * Dirigido para tratar, curar, prevenir o aliviar síntomas de alguna enfermedad, reducción de peso, talla y uso afrodisiaco, entre otras supuestas cualidades.
- * Incluye leyendas engañosas como: Notificado ante la SSA
- Acciones realizadas por COFEPRIS:
- * Combate de productos ilegales que se ostenten con propiedades terapéuticas y que carezcan de reconocimiento de la autoridad sanitaria.
- * Monitoreo de publicidad en redes sociales y páginas de internet para suspenderla cuando sea necesario.
- * Identificar como “producto milagro” al que carece de registro sanitario y ofrece propiedades terapéuticas.
- * Las acciones de suspensión de publicidad y aseguramiento de éstos de manera inmediata.
- * Identificación de canales de comercialización de productos ilegales, con el propósito de prevenir a la población sobre su uso y consumo.
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