/ viernes 8 de marzo de 2024

FGE informa que tribunal niega violacion a la UAS por separación del rector

También informaron que el recurso interpuesto por Robespierre es improcedente

Culiacán, Sin.- El Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Segundo Circuito confirmó que la suspensión temporal del cargo de Rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) para Jesús "M", no afecta la autonomía universitaria, según informó la Fiscalía General del Estado (FGE).

En un comunicado, el organismo de investigación precisó que el Tribunal se basa en el incidente del Recurso de Revisión 439/2023, relacionado con la resolución dictada en el juicio de amparo 1333/2023 por el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Sinaloa.

Puedes leer: Gobierno de Sinaloa deposita 121 mdp a la UAS para pagar deudas

La FGE precisó que dicha resolución establece que otorgar la suspensión de la medida cautelar equivaldría a anticipar los efectos de la sentencia del juicio de amparo, lo cual no corresponde a una medida provisional como la que se está discutiendo.

Además la fiscalía notificó que el tribunal también ha precisado que Robespierre Lizárraga, apoderado legal de la UAS, carece de legitimidad para promover asuntos que solo afectarían a Jesús "M", ya que la suspensión temporal del cargo no repercute en la esfera jurídica de la institución educativa.

Esta decisión, considera el organismo de investigación, reafirma que las acciones judiciales en curso no vulneran la autonomía universitaria ni los procedimientos legales, al ser una medida precautoria para garantizar la investigación de los delitos presuntamente cometidos por funcionarios universitarios.

Culiacán, Sin.- El Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Segundo Circuito confirmó que la suspensión temporal del cargo de Rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) para Jesús "M", no afecta la autonomía universitaria, según informó la Fiscalía General del Estado (FGE).

En un comunicado, el organismo de investigación precisó que el Tribunal se basa en el incidente del Recurso de Revisión 439/2023, relacionado con la resolución dictada en el juicio de amparo 1333/2023 por el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Sinaloa.

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La FGE precisó que dicha resolución establece que otorgar la suspensión de la medida cautelar equivaldría a anticipar los efectos de la sentencia del juicio de amparo, lo cual no corresponde a una medida provisional como la que se está discutiendo.

Además la fiscalía notificó que el tribunal también ha precisado que Robespierre Lizárraga, apoderado legal de la UAS, carece de legitimidad para promover asuntos que solo afectarían a Jesús "M", ya que la suspensión temporal del cargo no repercute en la esfera jurídica de la institución educativa.

Esta decisión, considera el organismo de investigación, reafirma que las acciones judiciales en curso no vulneran la autonomía universitaria ni los procedimientos legales, al ser una medida precautoria para garantizar la investigación de los delitos presuntamente cometidos por funcionarios universitarios.

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