Culiacán, Sin.- En la segunda sesión del Secretariado Técnico Local de Gobierno Abierto en Sinaloa se aprobó llevar a cabo un monitoreo en el cumplimiento de la Ley para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno.
Esto como parte del cambio realizado en uno de los compromisos planteados en el Plan de Acción Local en la entidad; dicho plan es un documento formal, producto de un proceso de cocreación y acercamiento entre autoridades del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, organismos autónomos, el órgano garante de transparencia y la sociedad civil, donde se han definido un conjunto de acciones para promover la transparencia, el acceso a la información, la rendición de cuentas y la participación ciudadana.
El Secretariado Técnico es el órgano máximo en la toma de decisiones en el mecanismo de Gobierno Abierto en el estado.
El compromiso, denominado Monitoreo a la implementación de la “Ley para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno", plantea un trabajo conjunto entre sociedad civil y autoridades para, a través de la creación de un micrositio, informar y dar conocer los avances en la implementación de la nueva legislación, brindando transparencia a todo el proceso, buscando garantizar el uso adecuado de los recursos, así como proveer de información útil a la población y a las mismas autoridades, todo enmarcado en un ejercicio de Gobierno Abierto.
Puedes leer: SEGALMEX aportará recursos a productores sinaloenses
El trabajo tendrá una duración de seis meses, con la posibilidad de darle continuidad, en este plazo se dará seguimiento a las diferentes obligaciones en la Ley para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Interno, entre las que se encuentran la Integración de un Comité Intersecretarial, la creación del Programa Estatal para la Atención de Personas Desplazadas, la creación de un Fondo Especial y su aplicación, la creación del Registro Estatal de Personas Desplazadas, las investigaciones sobre los hechos punibles que condujeron al desplazamiento y, en su caso, la emisión del informe que establezca la inexistencia de motivos que provocaron el desplazamiento.
Lee más aquí ⬇