Mazatlán, Sin.- Ante la nueva Ley antitabaco que empezó a aplicarse en México a partir del 15 de enero, la cual prohíbe fumar en espacios públicos, su reglamento, los claroscuros que incluye y las altas sanciones económicas e incluso corporales que se prevé habrá, la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados en Mazatlán empezó a socializar el tema con los agremiados y contempla ya una reunión próxima con personal de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Sinaloa (Coepriss), a fin de despejar dudas.
El presidente de Canirac Mazatlán, Rodrigo Becerra Rodríguez, indicó que la situación se percibe difícil porque todo indica que le dejaron al restaurantero la responsabilidad de impedir que los comensales enciendan un cigarrillo, lo que provocará multas muy altas, situación que consideró injusta.
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Por ello, comentó que incluso ya la Canirac nacional abrió el departamento jurídico para asesoría legal en el tema de amparos, ya sea en los próximos días o al momento de la aplicación de la ley.
“En Canirac nacional se está viendo el tema de dar asesoramiento legal para el tema de amparo en contra de las multas y bueno, es un tema que ahora se trae en análisis, para poder hacer una acción ya formal”, dijo.
Sin embargo, indicó que esto será ya una decisión particular de cada restaurante, porque se trata de cumplir con la ley, pero no de asumir responsabilidades que no les corresponden.
Adelantó que en los próximos días se platicará con el delegado de Coepris en Sinaloa, con quien ya se tiene programada una reunión para poder esclarecer dudas, para que los agremiados puedan tomar su mejor decisión.
Lo que viene con la Ley Antitabaco
Pero, ¿Qué implica la nueva Ley General para el Control del Tabaco con el reglamento correspondiente?
En primera instancia, queda prohibida la prestación de cualquier servicio de alimentos, bebidas o entretenimiento, así como su consumo, aún dentro de las zonas designadas para fumar.
Quien incumpla estas disposiciones puede hacerse acreedor a graves sanciones económicas, la clausura temporal, parcial o total de sus establecimientos e inclusive el arresto hasta por 36 horas.