Culiacán, Sin.- En tribuna se dio primera lectura a iniciativa presentada por el diputado de Morena, Pedro Villegas Lobo para erradicar la discriminación del matrimonio de parejas homosexuales al reformar los artículos 40 y 165 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, proponiendo que la unión entre dos personas tenga igualdad de derechos y más en ésta época de pandemia.
La reforma al artículo 40 quedará si se llega aprobar como sigue: el matrimonio es una institución por medio de la cual se establece la unión voluntaria y jurídica de dos personas, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, en donde ambas se procurarán respeto, igualdad y ayuda mutua. Cualquier condición contraria a estos fines, establecida por los cónyuges, se tendrá por no puesta.
En el Artículo 165 se propone: El concubinato es la unión de dos personas, quienes sin impedimentos legales para contraer matrimonio, hacen vida en común de manera notoria, permanente, han procreado hijos o han vivido en unión públicamente durante dos años continuos o más. El concubinato genera entre los concubinos derechos alimentarios y sucesorios, con independencia de los demás reconocidos en este Código o en otras leyes. No se considerará concubinato, cuando haya varias uniones de este tipo, con una misma persona.
Pedro Lobo expone que mientras en otros estados de la república, se ha logrado legislar con base a este tema, en Sinaloa se han realizado uniones de parejas del mismo sexo ante el registro civil, pero lamentablemente han tenido que ser mediante amparo y un largo juicio jurídico, lo que es inaceptable ya que esto hace ver que las parejas del mismo sexo son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, lo que ofende su dignidad como personas.
Las definiciones legales como lo son las leyes, códigos y mandatos sobre matrimonio que contengan la procreación como finalidad de éste, asegura, violentan los principios de igualdad y no discriminación como lo expresa el artículo 1o. de nuestra la Constitución, realizando una exclusión injustificada a un matrimonio conformado por personas del mismo sexo.
“Si bien es cierto que los legisladores tienen el libre derecho de decidir su voto a favor o en contra a este tipo de decisiones legislativas en el pleno, se debe considerar que es un derecho humano el que se transgrede a las personas que luchan por lograr esta figura de matrimonio igualitario, mencionemos que el derecho termina donde comienza otro y el derecho del legislador no debe estar nunca por encima de los derechos humanos y del derecho del pueblo”, establece.
El diputado de Morena establece que el no reconocimiento del matrimonio o el concubinato igualitario deja en un estado de vulnerabilidad a estas parejas, ya que se les estaría negando también los derechos que se derivan de las figuras antes mencionadas, tales como la atención médica, las decisiones medicas post mortem entre otras de esta índole que son de gran importancia siempre, pero más en estos días de pandemia.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido diversas resoluciones que dejan en claro la postura jurídica que existe en cuanto a la regulación de la unión entre parejas homosexuales, ya que no existe impedimento alguno para que el matrimonio o el concubinato excluyan en sus definiciones a las parejas del mismo sexo. Como se muestra en las siguientes resoluciones: Concubinato. Los beneficios tangibles e intangibles que son accesibles a las concubinas heterosexuales deben reconocerse a las parejas homosexuales, señaló.
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