Reparto de utilidades, ¿qué giro de empresas no están obligadas a dar esta prestación?

Conoce los detalles sobre el pago de utilidades y las empresas exentas de realizarlo en México

Alfonso Rodríguez | El Sol de Sinaloa

  · jueves 18 de mayo de 2023

El reparto de utilidades es un derecho constitucional en donde se reconoce la contribución de las y los trabajadores en la ganancia de las empresas. Al llegar el periodo de entrega, muchos trabajadores de distintas empresas comienzan a preguntarse si su lugar de trabajo los hará acreedores de este beneficio.

El pago de las utilidades corresponde al derecho de los trabajadores a recibir una parte de la ganancia de la empresa o patrón por los servicios o actividad productiva que ofrece en el mercado. Sin embargo, existen algunas empresas exentas a esta regla, por lo que si crees que la tuya es una de ellas, aquí te explicamos un poco más.

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¿Qué son las utilidades?

Primero lo primero, el pago de utilidades, también conocido como reparto de utilidades, es un derecho consagrado en la Ley Federal del Trabajo en México. Esta prestación busca asegurar que los trabajadores participen en las ganancias generadas por la empresa en la que laboran, incentivando así su productividad y contribuyendo a una distribución más equitativa de los beneficios empresariales.

Sin embargo, debes saber que existen algunas excepciones a esta obligación. De acuerdo a lo establecido en el artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, las empresas que se dedican a ciertos giros específicos están exentas de realizar el reparto de utilidades. Estos giros incluyen:

Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento. Esta excepción se aplica con el objetivo de brindar un margen de tiempo para que las empresas recién establecidas puedan consolidarse y reinvertir sus ganancias en el crecimiento y desarrollo de la organización.

Empresas que no obtuvieron utilidades durante el ejercicio fiscal correspondiente. En caso de que una empresa no haya generado ganancias en un período determinado, no está obligada a realizar el reparto de utilidades. No obstante, es importante destacar que, si en el siguiente ejercicio fiscal obtiene utilidades, estará obligada a efectuar el pago de utilidades correspondiente.

Instituciones de asistencia privada que tienen como finalidad principal el bienestar social. Esto quiere decir que las instituciones, que están dedicadas a la atención de grupos vulnerables o al desarrollo social, están exentas de realizar el reparto de utilidades para garantizar la continuidad de sus labores altruistas.

Es importante señalar que, aunque estas empresas no estén obligadas a realizar el pago de utilidades, aún deben cumplir con sus demás obligaciones laborales y prestaciones establecidas por la legislación vigente.

Esperamos que esta información te haya sido útil para comprender mejor el tema del reparto de utilidades y las excepciones existentes en México. Recuerda que, ante cualquier duda o situación particular, es importante consultar a un especialista o las autoridades laborales competentes.