Tribunal Electoral de Sinaloa da la razón al "Químico" Benítez Torres

El alcalde de Mazatlán mantiene sus derechos partidarios

Redacción │ El Sol de Mazatlán

  · sábado 30 de enero de 2021

Foto: Cortesía │ Luis Guillermo Benítez Torres

Mazatlán, Sin. - Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa resolvieron este día por mayoría de votos revocar el acuerdo dictado por la Comisión de Honestidad y Justicia de Morena en el expediente CNHJ-SIN-839/2020, mediante el cual se le suspendieron los derechos partidarios al presidente de Mazatlán Luis Guillermo Benítez Torres.

Según se informó, Benítez Torres argumentó en su demanda que el acuerdo por el que se admitieron las quejas interpuestas en su contra por Elsa Isela Bojórquez Mascareño, Sindica Procuradora, por el que también se le impuso como medida cautelar la suspensión de sus derechos partidistas, era ilegal.

Esto debido a que se había tramitado como procedimiento ordinario sancionador y no como procedimiento sancionador electoral, que era lo procedente. Además de que la suspensión de sus derechos era una medida excesiva y desproporcionada, que carecía de fundamentación y motivación, lo que vulneraba sus derechos fundamentales.

“Se resuelve. Primero, se revoca el acto impugnado para los efectos precisados. Segundo, se le restituye en el goce de los derechos partidarios como militante del partido político Morena al ciudadano Luis Guillermo Benítez Torres. Tercero, se ordena a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia el cumplimiento de lo ordenado en la presente sentencia en un plazo máximo de 24 horas posteriores a la notificación de la misma”, se lee en el resolutivo dado a conocer por la presidenta magistrada Verónica García.

En ese sentido, el Pleno del Tribunal resolvió, por mayoría de votos, revocar el acuerdo impugnado, incluida la suspensión de derechos de Luis Guillermo Benítez Torres, y dejar sin efectos todo lo actuado.


Elsa Isela Bojórquez Mascareño

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Así, la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena debe, en las 24 horas siguientes a la notificación de la sentencia, emitir un nuevo acuerdo en el que justifique el inicio del procedimiento sancionador electoral por los hechos expuestos en las quejas.






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Foto: Cortesía │Ayuntamiento de Mazatlán